21 de marzo de 2011

El diezmo y la tributación en el agro

Existe un gran enredo en la tributación para el agro. Si hablamos del Impuesto General a las Ventas tenemos productos que están inafectos como las frutas, hortalizas y tubérculos y productos que pagan 18% como el azúcar y la quinua (que no sea para siembra) también podemos encontrar casos raros como el arroz (IVAP) que paga 4%. Siempre que hay IGV es posible encontrar obligatoriedad de detracción situación que complica más el panorama. Sobre el impuesto a la renta también hay varios esquemas el “Agrario”, “El General” o si se está acogido al RUS o al RER y peor aun si nos encontramos dentro de la amazonia o zonas altoandinas con sus regímenes especiales y ni que decir si nos ubicamos en un CETICOS.

El sistema tributario debería ser claro y lo más sencillo posible para que sea fácil de entender y aplicar. El diezmo era una cosa revolucionaria en ese sentido: simplemente aporta “a la causa” el 10% de tus ingresos y punto.

La presión tributaria del sector agro debe estar cercana al 2%, es decir si el PBI agropecuario es del orden de los USD 10,000 millones, el agro en conjunto paga USD 200 millones anuales. Lo cual es una pequeña parte de todos los tributos internos recaudados en el país (aprox. 1%). No obstante y en definitiva el gran aporte del agro va en la generación de empleo y riqueza en el sector rural (actividad que en otros países llega a ser directamente subsidiada).

Volviendo al tema de la baja presión tributaria en el agro, podríamos decir que la tendencia es a que ésta aumente en la medida que haya más inversión y se vaya consolidando el sector. Sin embargo aún así la presión tributaria del agro en su conjunto seguirá siendo baja. Menciono el agro en su conjunto aunque quizás las empresas más grandes lleven sobre sus hombros la mayor parte de este aporte al fisco.

Aunque, veamos un ejemplo: una empresa agroexportadora que factura USD 50 millones probablemente tendrá USD 5 millones de utilidades antes de impuestos lo que indicaría que su impuesto a pagar (15%) será de USD 750 mil. Me pregunto cuánto le costará a esta empresa mantener su área contable y el consecuente cuidado de no caer en posibles contingencias. Probablemente el área contable le costará USD 250 mil al año, es decir la tercera parte del impuesto a pagar. No obstante también hay que decir que esta empresa posiblemente recuperará por concepto de Drawback más de USD 1 millón (según como esté distribuida su oferta).

Lo anterior lleva a pensar que mientras el agro aporta unos USD 200 millones al fisco. El fisco devuelve a los agroexportadores por concepto de drawback unos USD 120 millones (estimado) cada año. Lo cual en términos de flujo absoluto indica que el aporte del sector agro al fisco es bajo. Lo que en un análisis ligero podría decir que se elimine el drawback, que el agro no pague impuestos y no tenga que asumir el gasto que representa mantener sus departamentos contables.

Lo anterior no es posible, primero porque el drawback tiene un carácter de promoción de exportaciones (crear empleos aquí aprovechando mercados externos para productos no tradicionales) segundo porque solo lo recibe un grupo de empresas y tercero porque inafectar la tributación a todo el sector abriría las puertas al lavado de activos y además abriría las puertas a evasiones en otros sectores.

Pero definitivamente existe un punto intermedio entre la temeridad de una auditoria de la SUNAT, llevar una contabilidad y estados financieros que ayuden al análisis del negocio, a la toma de decisiones y la naturaleza de la estructura misma del sector.

Considero que las detracciones y percepciones en las actividades involucradas en la cadena de los agronegocios deben eliminarse. Además todos los productos agrícolas deben estar inafectos al IGV (es una medida más sensata para mejorar el poder adquisitivo de la población) asimismo todos los insumos agrícolas directos (no incluye combustibles y servicios) deben estar inafectos al IGV. En lo que respecta al impuesto a la renta, que sea 15% para todo aquel que tenga un ingreso por encima de las 50 UIT (como era hace varios años atrás) estas personas sean naturales o jurídicas estarán obligadas a llevar contabilidad y por lo tanto poder recuperar su crédito fiscal o de ser el caso solicitar el drawback.

Desde luego que estas propuestas merecen estudiarse más a fondo, pero bien vale la pena discutir el tema.

Tantos años y el sistema tributario para el agro no se ha ordenado y tenemos más del 90% de pequeños agricultores a quienes se les complica todo esto. No será mejor asumir el artículo 88 de la constitución: “El Estado apoya preferentemente el desarrollo agrario” y acabar por reconocer que al menos en los próximos 10 años será complicado para nuestro sector rural formalizarse si seguimos con esta maraña tributaria.

Lima, 21 de marzo del 2011

Angel Manero Campos
Columnista
Agencia Agraria de Noticias
www.agraria.pe

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