16 de septiembre de 2008
Hacia una mejor Gestión Social del Canon Minero: Ley 29230 y DL 1020
Ángel Manero Campos*
amanero@agroindustrias.com
Consideremos el caso que una empresa minera se interese en desarrollar un proyecto minero en una región del país. Su proyecto deberá superar las siguientes etapas:
1. Identificación: Diagnóstico social y político de la situación y desarrollo de la estrategia de intervención.
2. Exploración: Cuantificación de la riqueza minera, audiencias públicas, elaboración del estudio de impacto ambiental y obtención de la licencia social.
3. Ejecución de inversiones
4. Operación
5. Cierre de Mina
Superar las dos primeras etapas demanda como mínimo dos años de actividades, la tercera etapa demanda por lo menos un año adicional y probablemente después del segundo año de operación la empresa minera podrá obtener utilidades que paguen impuesto a la renta. De este impuesto el 50% ingresa a las arcas del gobierno central y el otro 50% constituye el canon minero. De este canon el 10% retorna a los municipios distritales donde se realiza la explotación, el 25% a los municipios provinciales involucrados, el 40% se destina las municipalidades distritales y provinciales de toda la región y el 25% restante al gobierno regional.
Teniendo en cuenta que el canon estuvo destinado esencialmente al desarrollo de infraestructura, los proyectos deben ser aprobados por el Sistema Nacional de Inversión Publica SNIP, atravesando las etapas de presupuesto participativo, estudios de pre-factibilidad, factibilidad, reformulación, convocatoria y ejecución. Es decir un proyecto priorizado, en promedio, estaría ejecutándose tres años después de realizado el presupuesto participativo.
Tener en cuenta que desde el primer día en que la población tuvo conocimiento que hay una empresa minera que visita su zona (camionetas 4x4 transitan raudamente) hasta que un proyecto de inversión pública, financiado con el canon respectivo, haya sido implementado; deben haber transcurrido un mínimo de 06 años.
La infraestructura es importante pero al ser de todos al mismo tiempo es de nadie. De la mano con ésta se deben promover proyectos productivos que involucren directamente a la población, principalmente a aquella no empleada en las actividades mineras.
Existe un desfase entre los tiempos en que una población da la licencia social a una empresa minera y los beneficios que genera la utilización del canon minero. Esta situación de alguna forma es paliada por las empresas con presupuestos adicionales dentro de sus programas de relaciones comunitarias o desarrollo social. No obstante es indudable que existe ausencia de mecanismos que incentiven a las empresas mineras a ser más ambiciosas a empezar nuevas exploraciones, principalmente en algunas zonas convulsionadas como Majaz o Tambogrande que son proyectos de vital importancia para el desarrollo del país.
DL 1020 y Ley 29230
En los últimos meses hemos podido observar los reflejos del gobierno y el legislativo para hacer que las inversiones y presupuesto público lleguen de manera más directa y rápida a las poblaciones necesitadas. En primer lugar esta el DL1020 que promueve la asociatividad de los pequeños productores agropecuarios dándole personería jurídica al grupo conformado, de manera tal que pueda ser un nuevo sujeto de crédito en el sistema financiero puesto que estará avalado por un fondo de garantía. Este decreto, que esta por reglamentarse, abre las puertas a que los gobiernos regionales puedan crear fideicomisos (pueden utilizar el canon) de hasta S/ 5 millones para constituir fondos de garantía que promuevan la producción agropecuaria.
Sin embargo seria conveniente que el reglamento deje la posibilidad a que los gobiernos distritales y provinciales puedan transferir sus partidas al gobierno regional para constituir los fideicomisos en sus jurisdicciones. Este proceso ayudará a que se puedan promover actividades productivas especificas en el ámbito de producción del proyecto minero (en caso utilicen recursos del canon).
También debería existir un mecanismo para que empresas mineras puedan aportar al fondo de garantía con cargo a pagos futuros del impuesto a la renta para promover proyectos productivos específicos en al ámbito de su explotación. Por ejemplo una empresa minera que opera en Ancash debería poder aportar a fondos de garantía para sus nuevos proyectos en otras regiones y estos fondos sean administrados por esos gobiernos regionales y ser utilizados como crédito para pagos futuros del impuesto a la renta que generarán estas nuevas explotaciones.
Esto último es el espíritu de la ley 29230 que faculta a las empresas a asociarse con los gobiernos regionales para que ellas mismas puedan invertir en obras de infraestructura de modo que estas inversiones puedan ser deducidas de los pagos futuros del impuesto a la renta. Una empresa podrá hacer por su cuenta los estudios de factibilidad para superar la evaluación del SNIP y podrán ejecutar las inversiones de forma más rápida e invertir en represas, canales de riego, carreteras, colegios y hospitales etc.
Tanto la Ley 29230 como el DL 1020 podrían complementarse muy bien si la reglamentación de la ley dijera que en el caso en que las empresas privadas inviertan en infraestructura productiva (represas, canales de riego, carreteras para interconectar etc.) podrá considerarse dentro de la inversión un monto de hasta 20% adicional para constituir fondos de garantía en el marco del DL 1020.
Cuanto mejor se desarrollarían los proyectos mineros si una vez determinada la viabilidad económica de la mina, la empresa minera empieza a construir colegios, hospitales, represas para asegurar el agua a las poblaciones y sus cultivos, si les hace los canales de regadío para mejorar la eficiencia del uso del agua y encima los apoya con capacitación, articulación y un fondo de garantía para que logren financiamiento para sus proyectos productivos.
Los precios internacionales de los metales aun son bastante atractivos y es el momento para que el país acelere su proceso de atraer inversiones al sector minero, tenemos que promover la exploración y dar incentivos para que estas empresas sean más agresivas al abordar sus proyectos mineros con componentes de desarrollo productivo y social.
(*) Ha sido Director de Agrobanco, Director de mercados del Programa Sierra Exportadora y asesor del Gobierno Regional de Piura.
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