5 de abril de 2009

Minag amplía plazo para concluir con proceso de fusión de Inrena e Inade

Lima, abr. 05 (ANDINA).- El Ministerio de Agricultura (Minag) estableció un nuevo plazo para concluir con el proceso de fusión del Instituto Nacional de Recursos Naturales (Inrena) estableciendo que dicho plazo vencerá cuando la Comisión de Transferencia presente su informe final al titular del Minag.

Precisó que, de esta manera, estarán convalidados los actos efectuados por el Inrena en el ejercicio regular de sus funciones desde el primero de enero hasta la vigencia del dispositivo.

En tanto concluya el proceso de fusión, la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del Minag ejercerá las funciones rectoras, en representación del ministerio, en materia forestal y de fauna silvestre.

En tanto concluya el proceso de fusión, el Inrena ejercerá sus competencias sobre la base de las instrucciones que disponga la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre.

También precisó que el plazo de conclusión del proceso de fusión del Instituto Nacional de Desarrollo (Inade) culminó el 28 de febrero del presente año, fecha en que la Comisión de Transferencia presentó su informe final al titular del Minag.

Aclaró que de esta manera están convalidados los actos efectuados por el Inade en el ejercicio regular de sus funciones entre el primero de enero y el 28 de febrero del presente año.

El Minag explicó que se constató que al 31 de diciembre del 2008 no finalizó la transferencia de documentos, bienes, presupuesto, etc. tal como estaba establecido por norma.

Por ello los procesos de fusión no pudieron ser concluidos, haciéndose necesario establecer un nuevo plazo toda vez que se debía asegurar el cumplimiento de las funciones, entre ellos la continuidad de la prestación de servicios, así como la ejecución del plan de inversiones, especialmente aquellas que se encontraban en ejecución al cierre del ejercicio 2008.

De otro lado, el Minag incorporó a las administraciones técnicas Forestales y de Fauna Silvestre hasta que los gobiernos regionales suscriban el acta de entrega y recepción y adecuen sus instrumentos institucionales y de gestión, a fin de ejercer las funciones transferidas previstas en la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales.

Finalmente, estableció que el ministerio ejercerá sus funciones y atribuciones como Autoridad Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, a través de su Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre.

(FIN) JPC/JPC




(AND226574) Fecha: 05/04/2009

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