16 de enero de 2009

Establecen procedimientos de aplicación de salvaguardia agrícola en el marco de acuerdos comerciales

Lima, ene. 16 (ANDINA).- El gobierno aprobó hoy los procedimientos para la aplicación de salvaguardas agrícolas conforme a lo convenido en los acuerdos comerciales internacionales suscritos por el Perú, con la finalidad de dotar de reglas claras que aseguren la correcta implementación y administración de los compromisos establecidos.

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) es la autoridad pública encargada de aplicar la medida de salvaguardia, precisa la norma publicada hoy.

Se asegura que los procedimientos son transparentes de manera que no constituyan obstáculos al comercio, atiendan las condiciones del mercado y aplicando criterios no discriminatorios.

La medida de salvaguardia agrícola podrá implementarse a través de dos activadores por volumen o por precio, de conformidad con el acuerdo comercial internacional respectivo.

Se entiende por salvaguardia agrícola la aplicación temporal de un arancel de importación adicional calculado de conformidad con el acuerdo comercial internacional correspondiente y que podrá ser aplicado de manera automática.

Los activadores por volumen o precio de cada mercancía y la operación correspondiente a cada operación de importación, se publicarán y actualizarán e tiempo real en el portal institucional de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat).

Al mismo tiempo dicha información será remitida por medios electrónicos al Mincetur.

En el caso de una medida de salvaguardia agrícola activada por precios, el Mincetur comunicará a la Sunat los niveles de precios de activación y los aranceles adicionales dentro de los primeros 20 días calendario contados a partir del inicio de cada período de aplicación.

En el caso de una medida de salvaguardia agrícola activada por volumen, el Mincetur decidirá la imposición, continuación o suspensión de la medida de salvaguardia agrícola. La imposición se realizará a más tardar en diez días hábiles contados a partir de la fecha en que se alcance el nivel de activación correspondiente.

Para tales efectos el Mincetur coordinará con el Ministerio de Agricultura (Minag) y los sectores que correspondan.

(FIN) JJN/CSO




(AND213863)

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