17 de diciembre de 2008

Proyectos de inversión privada para irrigación en tierras eriazas deberán aprobarse en 80 días

Lima, dic. 17 (ANDINA).- El Ministerio de Agricultura (Minag) publicó hoy el reglamento del decreto legislativo que promueve la irrigación de tierras eriazas con aguas desalinizadas y establece que el Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada (Cepri) Agricultura debe aprobar la declaración de interés de los proyectos de inversión de carácter nacional en un plazo no mayor de 80 días hábiles.
El reglamento señala que en el caso de los proyectos de inversión de carácter regional o local, serán los gobiernos regionales y locales, respectivamente, los que ejercerán directamente, o a través de una entidad encargada de la promoción de proyectos regionales de inversión, las funciones de aprobación de las iniciativas privadas.

Los proyectos de irrigación de tierras eriazas con aguas desalinizadas deberán ser destinados a fines agrícolas y agroindustriales, según lo establecido en el decreto legislativo.

Los inversionistas privados interesados en incursionar en este tipo de proyectos deberán presentar sus solicitudes de otorgamiento de tierras eriazas ante el Cepri Agricultura o el organismo promotor de la inversión privada en gobiernos regionales y o locales, según las características del proyecto de inversión.

Cada solicitud debe consignar la identificación del proponente, el lugar de su domicilio (para que reciba los avances del procedimiento), la experiencia del proponente en la ejecución de proyectos de similar envergadura, los documentos que acrediten la solvencia económica y financiera del proponente, y el Estudio de Factibilidad Técnico – Económico.

Dicho estudio debe incluir los objetivos y beneficios concretos del proyecto, el ámbito de influencia del proyecto, el monto de la inversión a desarrollar tanto en la construcción de la planta desalinizadora como en el proyecto productivo a desarrollar, la descripción de las tierras a emplear, el período de ejecución del proyecto, entre otros.

Una vez presentada la solicitud, el organismo promotor de la inversión privada que corresponda deberá verificar en un plazo no mayor de cinco días hábiles si la solicitud cumple con los requisitos establecidos.

En caso de existir observaciones se otorgará otro plazo de cinco días hábiles al proponente para subsanarlas.

Luego empezará a regir el plazo de 80 días hábiles para que el organismo promotor de la inversión privada apruebe la declaración de interés del proyecto de inversión y luego de remitir al respectivo expediente al Minag.

Una vez recibido el expediente, en un plazo no mayor de diez días hábiles se emitirá la resolución ministerial que dispone la aprobación del Estudio de Factibilidad Técnico - Económico, la adjudicación del terreno y el otorgamiento del derecho de uso de agua marítima desalinizada, conforme al procedimiento aprobado por la Autoridad Nacional del Agua (ANA).

Pero como requisito para la suscripción del contrato de compra venta de las tierras eriazas, el solicitante deberá entregar una carta fianza incondicional, irrevocable y de realización automática, a fin de garantizar el cumplimiento de los compromisos asumidos en virtud de la adjudicación y de las condiciones establecidas en el contrato.

(FIN) EBS/JPC




(AND209416)

1 comentario:

  1. Que bueno, ahora falta una desalinizadora que tenga el agua barata.

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