22 de mayo de 2009

Minam afirma que se deberían desarrollar productos orgánicos y nativos en vez de pensar en traer transgénicos

Lima, may. 22 (ANDINA).- La potencialidad de Perú radica en la biodiversidad por lo que debería apuntarse a desarrollar productos orgánicos y nativos en vez de estar pensando en traer productos transgénicos, señaló hoy Ministerio del Ambiente (Minam).

“Puede afirmarse que la competitividad de Perú está en los alimentos orgánicos pues eso hace que nuestros productos sean diferenciados, lo que les da un valor agregado y competitividad a nivel mundial”, afirmó la viceministra de Gestión Ambiental, Ana María Gonzáles del Valle.

Recordó que se está celebrando la Semana de la Biodiversidad y que la posición del Minam sobre los productos transgénicos ha sido clara desde el principio.

“No le decimos no a los productos transgénicos sino que proponemos realizar una evaluación muy minuciosa de los productos que puedan ingresar para prevenir los riesgos que pudieran presentarse”, explicó.

Consideró que la apertura del país a los productos transgénicos debería realizarse con una evaluación muy seria, caso por caso y dependiendo de la zona donde se va a utilizar el producto.

“Nuestra posición es de tener mucho cuidado diciendo: realicemos una evaluación costo beneficio y evaluemos el caso de manera científica sin tomar decisiones apresuradamente”, sostuvo.

Aseguró que los ministros del Ambiente, Antonio Brack, y de Agricultura, Carlos Leyton, están en constate coordinación sobre este particular pues coinciden en la posición de protección del medio ambiente y del desarrollo sostenible.

“Cualquier elemento que pueda generar un riesgo de cuidado en el país debe ser evaluado con la suficiente seriedad científica y técnica para poder tomar una decisión relevante”, afirmó Gonzáles del Valle.

Asimismo, reiteró la posición del Minam a favor de los etiquetados para identificar a los productos transgénicos de los orgánicos, ya que es el derecho que tienen los ciudadanos de conocer lo que están comprando y en qué condiciones, por lo que debe definirse de inmediato.

(FIN) JJN/JPC




(AND234198) Fecha: 22/05/2009

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